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Normas de los visados de corta duración en la página web de Dinamarca

Si tiene un visado válido para múltiples entradas durante al menos 6 meses, puede presentar una solicitud de nuevo visado antes de que expire el actual. Si se le concede un nuevo visado, será una prórroga del visado actual. Por lo tanto, puede entrar con el primer visado y salir con el otro, siempre que se respeten las condiciones de ambos visados, incluida la norma de los 90 días dentro de los 180 días en la región Schengen.

(de Nuevo en Denmark.dk )

Preguntas:

  1. Para ser la extensión del visado actual, ¿el nuevo visado debe ser exactamente del mismo tipo que el actual? Por ejemplo, mi visado actual es de 2 entradas con una validez de 225 días y una estancia máxima de 90 días. ¿Se trata de una prórroga de mi visado actual?
  2. Para poder entrar con un primer visado salir con otro, ¿es necesario que ambos visados incluyan la regla de 90 /180 días? ¿indica que ambos visados deben ser de entrada múltiple?
  3. ¿Mi visado actual (2 entradas, 90 días de estancia como máximo, con una validez de 225 días) incluye la norma de 90/180 días?

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Relaxed Puntos 36079

En orden:

  1. El párrafo es un poco confuso, parece reflejar el artículo 9 de la Código de visado Schengen ("Los titulares de un visado de entrada múltiple pueden presentar la solicitud antes de la expiración del visado válido por un período mínimo de seis meses") y la parte pertinente de la Manual para la tramitación de las solicitudes de visado y la modificación de los visados expedidos pero va más allá de lo que realmente contiene este reglamento. En ninguna parte del texto oficial se menciona que el nuevo visado sería una "prórroga", las prórrogas son para otros fines muy limitados.

  2. No veo nada en la normativa oficial que implique que entrar con un visado y salir con otro sea algo que esté limitado a unos visados pero no a otros. Tengo entendido que si tienes dos visados consecutivos sin interrupción, podrías hacerlo. Pero como los visados de una y dos entradas deben expedirse para viajes específicos, no debería ocurrir, por lo que es más relevante para los visados de entradas múltiples.

  3. La regla 90/180 se aplica en cualquier caso y en todo momento a usted como persona. Si su visado anterior es de tipo C, no puede concederle más de 90 días de estancia en el espacio Schengen en 180 días. Tu nuevo visado tampoco cambia nada al respecto. Puedes permanecer 30 días con este visado, pero en cualquier caso no más de 90 días de una vez. Tenga en cuenta también que no son 90 días durante el periodo de validez del visado, son 90 días en cualquier 180 días.

También hay que tener en cuenta que un visado de dos entradas no es un visado de entradas múltiples para que Dinamarca no tenga que aceptar su solicitud de un nuevo visado antes de tiempo. Pero si emitió un visado, la cuestión es discutible. Por cierto, tienes un visado muy extraño. Parece muy inusual que se conceda un visado de dos entradas tan largo y luego se vuelva a conceder un visado corto de una entrada.

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